Ley perdona deuda de $us 2 millones a Empresa Nacional de Televisión Boliviana

Los opositores señalan que la Constitución y la ley Marcelo Quiroga Santa Cruz prohíben el perdón de una deuda con el Estado La Ley Nº 867 ...

Los opositores señalan que la Constitución y la ley Marcelo Quiroga Santa Cruz prohíben el perdón de una deuda con el Estado

La Ley Nº 867 que modifica el Presupuesto General del Estado (PGE) 2010 que fue sancionada este viernes (ayer) en el pleno camaral de senadores perdona una deuda de $us 2 millones a la Empresa Nacional de Televisión Boliviana (ENTB)

El artículo 17 extingue la deuda de la ENTB en Liquidación con el Tesoro General de la Nación. Entre tanto no concluya ese proceso el Ministerio de Finanzas continuará debitando las cuotas correspondientes al TGN, conforme estable el Decreto Supremo Nº 26848, del 20 de noviembre de 2002.

“No solamente la Constitución si no la ley Marcelo Quiroga Santa Cruz que señalan que no corresponde el perdón de una deuda con el Estado, hay muchas observaciones ya que estamos hablando de créditos concesionales quo otorgará el Banco Central”, señaló el senador Bernard Gutiérrez (PPB).

La senadora Centa Rek aseguró que existen observaciones en el presupuesto que se aumentó de manera ostensible se triplicaron los gastos sin controles ni fiscalizaciones sobre las nacionalizadas e incluso en canal 7 donde se da amplia discrecionalidad de recursos que se inyectan a fondo perdido.

“En el presupuesto no se señala de manera explícita donde no hay tope ni techo presupuestario y dice que se condona la deuda, y esto va en contra posición de la Constitución Política del Estado y la Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz y otras leyes que plantean que las deudas al estado no prescriben nunca”, señaló Rek.

El senador David Sánchez aseguró que de acuerdo a la normativa como el canal 7 es una empresa del estado lo que se hace es la extinción de la deuda y se cierra definitivamente la empresa y la obligación que ésta tiene. 

El asambleísta también aseguró que después de cuatro años se aprobó en la Cámara Alta, por ley, un presupuesto que se llevaba en anteriores gestiones por fuerza de ley.

“Estamos dando una respuesta contundente a las gobernaciones municipios, entidades públicas y al gobierno central para que tengan sus presupuestos y a cuatro empresas estratégicas que están dentro del proyecto que son las empresa ENDE, Comibol, EBIH y San Buenaventura que recibirán apoyo a través del proyecto de ley”, dijo Sánchez.

El asambleísta explicó que las gobernaciones y gobiernos autónomos requieren su propio presupuesto para poner en marcha nuevos proyectos de inversión.

La nueva norma que consta de 23 artículos, disposiciones abrogatorias y derogatorias, en su artículo siete, autoriza el crédito de 5.715.400.000 bolivianos a ENDE, en condiciones concesionales, para inversiones productivas o realizar aportes de capital a sus empresas subsidiarias. 

En tanto que la empresa San Buenaventura se beneficia con un crédito de hasta 1.254.600 bolivianos, en condiciones concesionales, para la concreción de proyectos productivos.

Para la Empresa Boliviana de Industrialización de Hidrocarburos la reformulada Ley Financial establece un crédito extraordinario de 2.091.000 bolivianos, en condiciones concesionales, para el financiamiento de proyectos de hidrocarburos y revolución de recursos que le fueron transferidos a través de Decreto Supremo.

Además, la Ley autoriza al Ministerio de Economía Finanzas Públicas otorgar un incremento del dos por ciento de subvención ordinaria a la gestión 2010 para las universidades públicas del país, excepto la universidad Pública de El Alto (UPEA), la Universidad Nacional Siglo XX y la Universidad Amazónica de Pando, las que se beneficiarán con un 6.7 por ciento, cada una.

El artículo 16, referido a inversiones de las reservas internacionales del Banco Central de Bolivia, autoriza la transferencia de recursos provenientes de las inversiones de las reservas internacionales en 2010, para el financiamiento de programas sociales impulsados por el Gobierno a solicitud del Ministerio de Economía y Finanzas.

Finalmente, el artículo 18 autoriza al Órgano Ejecutivo transferir recurso público en efectivo, especie e inversiones productivas a organizaciones-económico productivo, a organizaciones territoriales, organizaciones privadas sin fines de lucro, a organizaciones indígena originaria campesina y a personas naturales con el objetivo de estimular la actividad de desarrollo, seguridad alimentaria, reconversión productiva, educación, salud y vivienda en el marco de Plan Nacional de Desarrollo y Planes Sectoriales.

Sábado, 9 de octube de 2010 - Bolivia - Nacional
La Paz, 8 (ANF)

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